martes, 30 de junio de 2009

Reforma Previsional SIS

Estimados Amigos,

Quisiera compartir con ustedes mi análisis sobre la nueva forma de financiamiento del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), que hace parte de la Reforma Previsional aprobada el 2008, y que será implementado a partir de Julio 2009.

La función del SIS consiste en costear las pensiones de los trabajadores que sufren accidentes invalidantes o que fallecen, entregándoles el dinero al trabajador o a sus familiares.

Actualmente el financiamiento de este seguro corre por cuenta del trabajador y de la siguiente manera:

Por ejemplo:

Si a un trabajador se le descuenta - de su sueldo imponible - 12,67% por concepto de AFP , el 10% de ese total va a la cuenta de ahorro previsional (fondo con el cual el trabajador se pensionará), el 1,5% es la comisión que cobra la AFP por administración y el 1,17% aproximadamente es el costo de la prima del SIS.

Con la Reforma, el pago de la prima del SIS correrá por cuenta del empleador, de forma gradual, siendo obligatorio a partir de julio 2009 para los empleadores con 100 o más trabajadores y a partir de Junio del 2011 para el resto de los empleadores.

Por tanto hasta Junio del 2011, en las empresas con menos de 100 empleados, serán los mismos trabajadores los que asuman la totalidad de la prima SIS.

La reforma contempla los siguientes cambios en la forma de licitación de dicha prima, coberturas y tipos de prima:
  • Actualmente cada AFP licita el seguro de invalidez por separado y para cada uno de sus afiliados. La reforma establece una licitación pública única y anual organizada por el conjunto de AFP's.
  • Se amplia el universo de beneficiarios de la pensión de sobrevivencia, se agregan como beneficiarios a hijos, sean o no de filiación no matrimonial (antes sólo eran beneficiarios los hijos de filiación matrimonial). Será también beneficiario de la pensión de sobrevivencia el cónyuge hombre, sin que sea necesario acreditar invalidez, y se aumentan las edades de los hijos para acceder a los beneficios.
  • Se establece una prima diferenciada por género y se hará una distinción entre las primas cobradas a hombres y a mujeres. La diferencia de precio que exista entre los valores reales de las primas de hombres y mujeres se abonará directamente en la cuenta individual de la mujer en la AFP, mejorando, el monto de su pensión final.
  • Se estima que el cobro de la prima aumentará de 1,17% a 1,87% , dado el aumento de cobertura.
Una consecuencia de esto es que los trabajadores de empresas con más de 100 empleados verán aumentar su sueldo líquido ya que será la empresa la que deba costear ahora el SIS, aumentando en la empresa sus costos por concepto de aportes patronales obligatorios.

Los trabajadores de empresas con menos de 100 empleados deberán costear ellos mismos el aumento en la prima hasta junio del 2011, viendo su sueldo líquido disminuido por esa razón, hasta esa fecha.

Como siempre, quedamos a vuestra disposición para cualquier consulta relacionada con este u otro asunto.

Un abrazo,

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